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España aprueba Estatuto de la Agencia Española de Supervisión de la Inteligencia Artificial
España aprueba Estatuto de la Agencia Española de Supervisión de la Inteligencia Artificial

El pasado 22 de agosto de 2023, el Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se aprueba el estatuto de la Agencia Española de Supervisión de la Inteligencia Artificial (AESIA), fruto del trabajo conjunto del Ministerio de Hacienda y Función Pública y el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.

El Consejo señala que "el avance de la tecnología es incuestionable a nivel global". Por lo que refiere a España, "la transformación digital es prioritaria en la línea de acción del Gobierno, como lo refleja la Agenda Digital 2026".  En dicha Estrategia incluye diferentes planes estratégicos, tales como la Estrategia Nacional de Inteligencia Artificial (ENIA), que tiene como objetivo proporcionar un marco de referencia para el desarrollo de una Inteligencia Artificial “inclusiva, sostenible y centrada en la ciudadanía”.

Además, esta estrategia es una de las medidas del Componente 16, Reforma 1 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), que pretende situar a España como país puntero en IA.

La AESIA se adscribe al Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital a través de la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial.

Con la creación de esta Agencia, España se convierte en el primer país europeo en tener un órgano de estas características y se anticipa a la entrada en vigor del Reglamento Europeo de Inteligencia Artificial. Dicho reglamento establecerá para los Estados miembros la obligación de seleccionar una ‘autoridad nacional de supervisión’ que se encargue de supervisar la aplicación de la normativa en materia de Inteligencia Artificial.

Al respecto, el Reglamento señala como definición:

Autoridad nacional de supervisión»: la autoridad a la que un Estado miembro asigna la responsabilidad de ejecutar y aplicar el presente Reglamento, coordinar las actividades encomendadas a dicho Estado miembro, actuar como el punto de contacto único para la Comisión, y representar al Estado miembro en cuestión ante el Comité Europeo de Inteligencia Artificial."

Y en su CAPÍTULO 2. Autoridades nacionales competentes, el artículo 59 establece que:

"1. Cada Estado miembro establecerá o designará autoridades nacionales competentes con el fin de garantizar la aplicación y ejecución del presente Reglamento. Las autoridades nacionales competentes se organizarán de manera que se preserve la objetividad e imparcialidad de sus actividades y funciones.

2. Cada Estado miembro designará una autoridad nacional de supervisión entre las autoridades nacionales competentes. La autoridad nacional de supervisión actuará como autoridad notificante y como autoridad de vigilancia del mercado, salvo que un Estado miembro tenga razones organizativas o administrativas para designar más de una autoridad.

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La sede física de la AESIA será la Ciudad de Coruña. Así lo acordó el Consejo de Ministros(*):

"Determinar a la ciudad de A Coruña como la elegida para albergar la sede física de la futura Agencia Española de Supervisión de la Inteligencia Artificial, por considerar que es la que mejor se adecúa a los requisitos por los motivos expuestos en el Dictamen de la Comisión consultiva que se adjunta como anexo a este acuerdo."

*Véase la "Orden PCM/1203/2022, de 5 de diciembre", por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 5 de diciembre de 2022, por el que se determina la sede física de la futura Agencia Española de Supervisión de Inteligencia Artificial.

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